Mediante las gestiones de UPCN, finalmente se firmó la Resolución Nº1048 que establece
que el período de licencia mínima para cubrir la suplencia en el cargo de
auxiliar administrativo de asistentes escolares
(según Decreto Nº516/10), será al comienzo de la ausencia de larga
duración, es decir, cuando la licencia exceda los 15 días de ausencia y a partir del primer día de la licencia,
independientemente si es médica o por cuestiones personales.
Cabe recordar que la UPCN venía reclamando por la
suplencia en el cargo de auxiliar administrativo, en marco de la Comisión Mixta
Jurisdiccional de Educación.
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